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La Juventud de Alianza Nacional, a partir de la alarmante situación que se generó con la derogación de la “Ley de Empleo Juvenil”, la que tácitamente quedó sin efecto legal con la aprobación de la reforma tributaria, nos vimos en la necesidad de buscar propuestas que generen posibles soluciones al respecto. Esta situación que se hace aun más difícil debido a la absoluta falta de voluntad de este gobierno para generar políticas dirigida a los jóvenes.
Consideramos pertinente realizar una investigación exhaustiva; con este informe como resultado, acerca de la situación de los jóvenes en el mercado laboral. Tomando como eje la derogada ley, analizándola como propuesta y antecedente legal, pero siempre manejándola en base a diagnósticos estadísticos y sociológicos de la población joven de nuestro país.
En la actualidad la situación laboral de los jóvenes es muy similar a la que forzó la creación de la ley 16.873, el desempleo juvenil duplica al desempleo general, las dificultades para conseguir trabajo son muy grandes y las remuneraciones muy bajas. Hay que reconocer que la cifra de jóvenes desempleados ha bajado en los últimos años, pero, esta disminución no se la podemos atribuir al crecimiento que la economía ha mostrado desde el año 2003, sino que se encuentra más estrechamente relacionada con otros dos factores; uno de menor cuantía, que ha sido el ingreso de miles de jóvenes a diversas dotaciones del estado, municipios y entes autónomos. Pero el otro factor, más trascendente, consiste en la continua emigración que vive el Uruguay. Fenómeno que creíamos disminuiría paulatinamente conforme pasaran los años luego de la crisis y así fue; hasta el año 2006, en el cual 17.400 compatriotas abandonaron el país, pero en lo que va del año 2007 mas de 24.000 uruguayos salieron por el aeropuerto Internacional de Carrasco y no volvieron. Más preocupante resulta esta cifra cuando se desglosa. Los demógrafos Adella Pellegrino y Juan José Calvo indican que más del 50 % de quienes no volvieron son jóvenes entre 20 y 29 años, con un nivel educativo superior a la media nacional y provienen de un estrato socioeconómico medio y alto, por otro lado, son en los que el país invierte más recursos en educación. De manera que no sólo hay que pensar en invertir más rubros, sino de generar políticas para que aquellos que se formen en nuestro país no sufran el exilio forzado y le devuelvan a la economía lo que la sociedad les brindo.
Este tema no se remite únicamente a la juventud uruguaya, sino a toda la sociedad, por ejemplo, es interesante relacionarlo con la actualidad del sistema de seguridad social, hoy por cada jubilado hay 1.1 trabajador activo que aporta al sistema, esta situación que ya es preocupante se torna crítica si la vinculamos con dos factores, uno es la emigración de la cual ya hablamos; y la otra es la tasa de fecundidad del país que se sitúa en 2.04, un índice menor al 2.1 necesario para el reemplazo poblacional. Realidad que lo jóvenes deberíamos de encarar con mucha seriedad, porque seremos nosotros quienes si proyectamos esta situación, cargaremos con la mochila de errores que se cometen hoy día en nuestro sistema de previsión social. Tenemos que procurar ser los padres de una patria que nace y no lo hijos de una que muere.
En lo que respecta a la derogada Ley de Empleo Juvenil, la cual ya adelantamos compartimos su espíritu, pero sostenemos que serían necesarios algunos reparos en su aplicabilidad y en que tendría que ser más amplia de manera de promover más la inserción de nuestros jóvenes en el mercado laboral, en mejores oportunidades y en labores de mejor calidad. Aclarando que, cuando hablamos de inserción, nos referimos en un sentido genérico de la palabra, puesto que no observamos la solución simplemente con la experiencia laboral. La capacitación del tipo técnico y profesional es fundamental para elaborar políticas de largo plazo en nuestros jóvenes, insertándolos de esa manera en la sociedad en su conjunto y brindándole más herramientas al joven de cara a su futuro.
La base medular de la nombrada ley, por la que intentaba promover el “trabajo joven”, era la exoneración de aportes patronales tanto con destino jubilatorio, como hacia los servicios de seguridad social por enfermedad. Se aplicaba a todo aquel trabajador joven que contrate una empresa a través de cuatro tipos de contratos que la propia ley detalla. Los mismos preveían situaciones diferentes y apuntaban hacia distintos objetivos. Además le otorgaba un marco legal más preciso, de manera que no se pierdan los objetivos centrales y no sea utilizada la ley para otros fines.
El primero de estos contratos intentaba brindarle al joven egresado de alguna institución técnica o profesional con su título ya obtenido una primera experiencia laboral. El objetivo fundamental era promover la inserción, superando la barrera de la primera experiencia laboral que tanto pesa para cualquier individuo que intente penetrar en algún mercado. Otro era destinado a jóvenes sin formación y que su situación tanto económica como social le hacia imposible capacitarse. Este contrato se realizaba a través de la modalidad de becas de trabajo y debía ser realizado mediante un convenio con la empresa contratante por alguna organización estatal o privada (sin fines de lucro) que genere programas focalizados justamente a este tipo de persona y que además controle la evolución del becario en su desempeño. Por último la ley preveía dos tipos de contratos que podemos presentarlos juntos, puesto que su esencia es la misma. Lo que pretendían era que el joven al mismo tiempo que adquiriera herramientas gracias a la experiencia laboral, vaya siendo capacitado para la realización de sus tareas. La diferencia entre uno y otro, esta en como encarar esa formación paralela. Uno, el contrato de aprendizaje simple, si la empresa lo realizase debería de designarle para que esté junto al joven un instructor quien se encargaría de guiarlo mientras el joven realice su labor. Por otro lado, el contrato de aprendizaje, marcaba un sistema mixto de formación, tanto práctico como teórico. Además debía de ser realizado por una institución técnica o profesional y preveía un contrato de 24 meses, a diferencia de la anterior que podía oscilar entre los 4 y 6 meses.
Como se observa, muchos de estos contratos mas allá de su complejidad, parecen ser muy ventajosos para el contratado y los dos últimos además contemplan el sentido genérico de la inserción que mencionábamos. Puesto que no sólo le otorgan al joven la experiencia laboral; sino que también se le da formación, herramienta fundamental para perpetuar los éxitos de cualquier individuo. Por otro lado, es también acertado para nosotros buscar el fomento de la contratación de jóvenes a través de beneficios fiscales, es necesario crear un escenario atractivo para que las empresas los contraten.
Estamos convencidos de que el balance de esta ley es positivo, mas allá de que los requisitos que se le hacían a las empresas para realizar este tipo de contratos resultaron muchas veces una traba, esta ley se aplico y resultaba un arma muy potente para muchos jóvenes. Lamentablemente la reforma tributaria llevada como bandera por el Ministro de Economía Danilo Astori, ha arremetido contra todo tipo de beneficio fiscal, llevándose en el mástil de esa bandera, sin nadie decir nada, la ley de empleo juvenil. Beneficios que además no solo contemplaban a la ley 16873; miles de instituciones que se desempeñaban en el plano cultural, social y deportivo se vieron perjudicadas a partir del 1º de julio de este año. Tan solo contadas excepciones previstas en los Art. 5 y Art. 69 de la Constitución de la Republica han mantenido las exoneraciones de aportes patronales.
Los jóvenes del Uruguay se han perdido con esta ley quizás no la solución definitiva, pero si una oportunidad excepcional de contar con un marco que permita un fomento hacia la amplitud de la calidad y de la cantidad de oportunidades en el mercado laboral, que la propia idiosincrasia de nuestro país genera una barrera muy dura de sortear para el trabajo joven. Daños que además van ir creciendo, puesto que los jóvenes contábamos desde la formación del INJU en el año 1992 con cientos de programas dirigidos hacia nosotros, los cuales sin razón alguna desde el año 2004, cuando asume este gobierno, han ido desapareciendo. Anulando de esta manera todo tipo de fomento hacia el país que se viene, olvidando de regar las semillas que serán la cosecha del futuro de nuestra patria, que somos nosotros, los jóvenes
Aportes hacia una nueva ley de empleo juvenil
Las políticas dirigidas a los jóvenes deberían constituirse en uno de los ejes fundamentales de la acción política. Para ello las administraciones públicas deben adoptar medidas protectoras y mecanismos que garanticen el libre ejercicio y la plena eficacia de los derechos. Es necesario generar posibilidades para que los jóvenes se puedan desarrollar y tener un sustento para el resto de su vida en nuestro país, no sólo se trata de generar empleo con beneficios fiscales para las empresas, sino también que estas se vean estimuladas a formar a los jóvenes, tanto en el área profesional como en la prestación de servicios.
Las políticas de empleo dirigidas a los jóvenes de nuestro país tendrían que ser prioritarias en la acción del Gobierno, y tendrían por objeto impulsar y facilitar el acceso de los jóvenes al mercado laboral, propiciando acciones que permitan superar los obstáculos que pudieran derivarse de su propia condición: falta de experiencia laboral, y/o formación
a) Incentivar la contratación de jóvenes por parte de las empresas privadas y públicas, fomentando la creación de puestos de trabajo estables.
b) Articular y potenciar presupuestariamente programas dirigidos a la formación e inserción laboral de jóvenes sin titulación académica y apartados de la enseñanza formal.
c) Articular medidas de apoyo a la incorporación laboral de jóvenes procedentes de la enseñanza formal.
d) Potenciar el autoempleo y la formación de empresas entre los jóvenes, apoyando mediante incentivos y líneas de crédito preferentes su creación.
e) Establecer las unidades administrativas, los cauces y dinámicas necesarios para la eficaz coordinación de las políticas que inciden en el fomento del empleo de jóvenes entre las distintas administraciones.
f) Elaborar los planes adecuados para favorecer la formación, la orientación socio laboral, la creación de empresas y la inserción y estabilidad laboral de los jóvenes. En estos planes se primará la igualdad entre el joven y la joven, al propiciar, mediante actuaciones concretas, la igualdad de oportunidades para las mujeres jóvenes, tanto en su acceso al puesto de trabajo como en sus regímenes retributivos.
g) Desarrollar un programa continuo de estudio de mercado cuyo objetivo fundamental sea la orientación de los jóvenes hacia los sectores con mayores perspectivas de futuro.
Fomentando este tipo de políticas juveniles es que le damos oportunidades para que los jóvenes tengan un sustento real en nuestro país, para poder quedarse. Actuando de manera rápida y eficaz podemos frenar el flujo migratorio de nuestros jóvenes hacia otros países.
ANEXO DEL INFORME
Los jóvenes somos, sin lugar a dudas, el mayor activo mundial tanto para el presente como para el futuro, pero en la actualidad representamos un grupo con grandes vulnerabilidades.
En los últimos años, el desempleo a nivel general afecta especialmente a los jóvenes y puede eventualmente reducir nuestro potencial al no tener acceso a un trabajo decente y productivo.
El vínculo entre desempleo juvenil y exclusión social es, sin duda, muy grande. La incapacidad para encontrar un empleo genera sensaciones de exclusión e inutilidad que, en caso de no ser solucionadas, pueden aumentar la participación de los jóvenes en actividades de tipo ilegal.
En comparación con los adultos, los jóvenes de hoy tienen tres veces más probabilidades de encontrarse desempleados. Se ha comprobado que, si se redujera a la mitad el desempleo juvenil, esto es, si se colocara al mismo nivel que el desempleo en los adultos, esta situación elevaría en más de dos billones de dólares el Producto Interno Bruto (PIB) mundial, cercano al valor anual de la tercera economía más grande del mundo.
Una conocida barrera para el empleo juvenil es la falta de experiencia laboral. Muchos jóvenes se encuentran atrapados en un círculo vicioso; no encuentran trabajo porque carecen de experiencia y no pueden adquirir experiencia porque nunca encuentran trabajo.
En pro de buscar soluciones a estas dificultades, la nueva ley apunta a promover programas de prácticas o de aprendizaje en una empresa, de forma que los jóvenes puedan superar el requisito de la experiencia laboral. Dicha ley plantea programas de capacitación y contempla también subsidios para aumentar las oportunidades de generación de empleo para los jóvenes con bajos recursos. Lo que buscamos a partir de esta ley es el beneficio tanto del joven como de la empresa contratante, dándole a esta última beneficios en materia de aportes. De este modo, aumentaría la demanda de jóvenes en el mercado laboral, motivada por una disminución de gastos en aquellas empresas que contraten personal de esta forma.
Es bueno destacar que un trabajo de calidad para un joven, genera efectos multiplicadores a nivel de toda la economía, porque impulsa la demanda de los consumidores. Además, el tipo de actividades que un joven realiza mejora si éste tiene un empleo decente, ya que dedica su tiempo a algo productivo, saludable y que fortalece la autoestima.